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Ley 25.049

VigenteNacional

Asiento de la Comisión Federal de Impuestos: modificación del artículo 10 de la Ley 23.548 de Coparticipación Federal

Sanción:11 de noviembre de 1998Promulgación:10 de diciembre de 1998BO:14 de diciembre de 1998Ver fuente oficial
2artículos
coparticipación federalComisión Federal de Impuestosfederalismo fiscalorganismos interjurisdiccionalesquórum agravado
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley modificatoria mínima en extensión y significativa en fiscal. El artículo 1 cambia el final del primer párrafo del Art. 10 — Coparticipacion Federal de Impuestos -el artículo que crea y organiza la Comisión Federal de Impuestos, el organismo interjurisdiccional que controla el cumplimiento del régimen de coparticipación- y establece que su asiento será fijado por la propia Comisión Federal en sesión plenaria, con la asistencia de por lo menos dos tercios de los estados representados. La decisión sobre dónde funciona el organismo deja de estar predeterminada por la ley y pasa a ser una decisión colectiva de las jurisdicciones, sujeta a un quórum agravado.

Objetivo

Poner en manos de las propias jurisdicciones -Nación, provincias y Ciudad de Buenos Aires- la decisión sobre el asiento de la Comisión Federal de Impuestos, con una mayoría calificada.

Problema que resuelve

El asiento del organismo de control de la coparticipación no dependía de sus miembros. Como la Comisión resuelve conflictos entre la Nación y las provincias, la localización de su sede tiene un peso simbólico y práctico en su independencia.

A quiénes alcanza

Comisión Federal de Impuestosprovincias adheridas al régimen de coparticipaciónEstado nacionalCiudad Autónoma de Buenos Aires
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Comisión Federal de Impuestos debe fijar su asiento en sesión plenaria, no por decisión de su presidencia ni de un comité ejecutivo (Art. 10 — Coparticipacion Federal de Impuestos, según esta ley).
  • La sesión plenaria que fije el asiento requiere la asistencia de por lo menos dos tercios de los estados representados.

Derechos que reconoce

  • Las jurisdicciones adheridas al régimen de coparticipación participan en la decisión sobre el asiento del organismo que controla ese régimen.
  • El quórum agravado de dos tercios protege a las jurisdicciones minoritarias frente a una decisión impuesta por unas pocas.

Casos de uso

  • La Comisión Federal de Impuestos convoca a plenario para resolver un cambio de sede y verifica si alcanza el quórum de dos tercios.
  • Una provincia impugna una decisión sobre el asiento tomada sin el quórum exigido.
  • Un estudio revisa el texto vigente del Art. 10 — Coparticipacion Federal de Impuestos y necesita saber qué le cambió la Ley 25.049.

Preguntas frecuentes

El final del primer párrafo del Art. 10 — Coparticipacion Federal de Impuestos, que es el artículo que organiza la Comisión Federal de Impuestos.