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Tratado 25.075

VigenteTratadoNacional

Convenio con Hungría sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Cuestiones Aduaneras

Sanción:9 de diciembre de 1998Promulgación:12 de enero de 1999BO:18 de enero de 1999Ver fuente oficial
2artículos
AduanasCooperación internacionalFraude aduaneroTráfico ilícito de estupefacientesIntercambio de información
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso aprobó el Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Hungría referente a la Cooperación y Asistencia Mutua en Cuestiones Aduaneras, suscripto en Buenos Aires el 8 de abril de 1997, de veinticuatro artículos. El Convenio define qué se entiende por leyes aduaneras, autoridad aduanera, delitos e infracciones, información personal y territorio, e identifica como autoridades aduaneras a la entonces Administración Nacional de Aduanas por la Argentina y a la Guardia Financiera y Aduanera por Hungría. Las partes acuerdan cooperar para garantizar el cumplimiento de las leyes aduaneras; prevenir, investigar y reprimir delitos e infracciones aduaneras; suministrar información y documentación; asistirse en el cobro de la deuda aduanera; y asegurar la percepción exacta de derechos, impuestos y demás gravámenes. El Convenio se inscribe en la recomendación del Consejo de Cooperación Aduanera de 1953 y en las convenciones de Naciones Unidas sobre estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Objetivo

Establecer un canal formal de cooperación y asistencia administrativa entre las aduanas argentina y húngara para aplicar correctamente la legislación aduanera y combatir el fraude y el tráfico ilícito.

Problema que resuelve

Los delitos e infracciones aduaneras y el tráfico ilícito de estupefacientes se cometen aprovechando la falta de coordinación entre administraciones aduaneras de distintos países: sin un canal de asistencia mutua, la información necesaria para investigarlos y para cobrar los tributos queda del otro lado de la frontera.

A quiénes alcanza

Importadores y exportadoresDespachantes de aduanaAdministración aduaneraOrganismos de investigación de delitos aduaneros
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las autoridades aduaneras de ambos países deben prestarse cooperación y asistencia mutua para garantizar la observancia de las leyes aduaneras, prevenir, investigar y reprimir los delitos e infracciones aduaneras y suministrar información y documentación (artículo 2 del Convenio).
  • La asistencia alcanza el cobro de la deuda aduanera y la percepción exacta de los derechos, impuestos y demás gravámenes exigibles (artículo 2, incisos d y e).

Derechos que reconoce

  • La información personal que se intercambie está sujeta a las condiciones de resguardo que fija el propio Convenio, que la define expresamente entre sus términos (artículo 1, inciso d).

Casos de uso

  • La aduana argentina detecta una subfacturación en una importación de origen húngaro y pide a la Guardia Financiera y Aduanera de Hungría la documentación de exportación para verificar el valor declarado.
  • Ante una investigación por tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas, las dos administraciones aduaneras intercambian información sobre los movimientos de una carga.

Preguntas frecuentes

El Convenio con Hungría referente a la Cooperación y Asistencia Mutua en Cuestiones Aduaneras, firmado en Buenos Aires el 8 de abril de 1997, de veinticuatro artículos.