Resumen ejecutivo
Ley de alcance singular. El artículo 1 transfiere a la Universidad Nacional de Jujuy el del inmueble del Estado nacional de la calle Güemes 850, San Salvador de Jujuy, individualizado como lote 12, manzana 58 del padrón A-538, inscripto al folio 433/435 del libro 129 bis del Registro Inmobiliario. El artículo 2 aclara que la transferencia es a título gratuito y queda sujeta a la condición de que la universidad destine el predio a la ampliación de las instalaciones de su Facultad de Ciencias Económicas. El artículo 3 fija un plazo operativo poco frecuente en estas leyes: dentro de los ciento ochenta días de sancionada la ley, el Poder Ejecutivo nacional debe realizar los trámites para otorgar la escritura, que debe contener en forma explícita la condición de destino.Objetivo
Dotar a la Universidad Nacional de Jujuy de un inmueble propio en el centro de San Salvador de Jujuy para ampliar la Facultad de Ciencias Económicas.Problema que resuelve
La facultad necesitaba espacio y el inmueble contiguo pertenecía al Estado nacional. Sin ley del Congreso el Poder Ejecutivo no puede transferir gratuitamente tierras nacionales, ni siquiera a otra entidad estatal como una universidad nacional autónoma.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes