Resumen ejecutivo
El Convenio argentino-paraguayo de 1996 sobre conservación y desarrollo de los recursos ícticos de los tramos compartidos de los ríos Paraná y Paraguay creó un Comité Coordinador binacional. Este Protocolo Adicional, firmado en Asunción el 18 de junio de 1997, ajusta ese esquema: redefine la composición de las delegaciones -siete representantes por país, con la delegación argentina presidida por la Cancillería e integrada por las áreas de agricultura y pesca, de recursos naturales y por las provincias de Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones-, de modo que las jurisdicciones ribereñas participen directamente en la gestión del recurso pesquero compartido. La ley que lo aprueba tiene solo dos artículos: la aprobación y la comunicación al Poder Ejecutivo.Objetivo
Incorporar al derecho argentino el Protocolo Adicional que reorganiza el Comité Coordinador del convenio pesquero binacional con Paraguay.Problema que resuelve
La gestión conjunta del recurso pesquero de los ríos Paraná y Paraguay requería un órgano de coordinación con participación efectiva de las provincias ribereñas, que el texto original no aseguraba.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes