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Ley 25.136

VigenteNacional

Transferencia de un inmueble en La Banda a la Asociación Santiagueña de Atención Integral al Discapacitado Mental

Sanción:4 de agosto de 1999Promulgación:8 de septiembre de 1999BO:14 de septiembre de 1999Ver fuente oficial
4artículos
discapacidadtransferencia de inmuebles del Estadoasociaciones civileseducación especialSantiago del Estero
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de cuatro artículos que cede gratuitamente a una asociación civil santiagueña un predio de 2 ha 21 a 99,16 ca sobre la avenida Besares (ex ruta nacional 34) de la ciudad de La Banda. Lo distintivo no es la cesión sino su condicionamiento: la entidad debe levantar y poner en marcha una escuela, un complejo polideportivo y un hogar de albergue para personas con síndrome de Down. Si en diez años no termina las obras, o si después las abandona, las cierra o pierde la personería jurídica, la transferencia se revoca de pleno derecho y el inmueble vuelve al Estado nacional con todo lo construido, que podrá cederlo a otra entidad con los mismos fines.

Objetivo

Dotar de tierra propia a una entidad dedicada a la atención integral de personas con discapacidad mental, asegurando por ley que el predio se use efectivamente para ese fin.

Problema que resuelve

Las organizaciones civiles que atienden a personas con discapacidad suelen carecer de terreno propio para construir sus instituciones. A la vez, transferir un bien público sin condiciones deja abierta la posibilidad de que nunca se ejecute la obra prometida.

A quiénes alcanza

Asociación Santiagueña de Atención Integral al Discapacitado Mental (A.S.A.I.M.)personas con síndrome de Down y sus familiasProvincia de Santiago del EsteroEstado nacional
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La A.S.A.I.M. debe construir y poner en funcionamiento en el predio un edificio escolar, un complejo polideportivo y un hogar de albergue destinados a personas con síndrome de Down.
  • Las obras deben estar terminadas y funcionando dentro de los diez años contados desde la transferencia.
  • La entidad debe mantener las obras en funcionamiento y conservar su personería jurídica para no perder el inmueble.

Derechos que reconoce

  • La A.S.A.I.M. recibe gratuitamente el de un predio de más de dos hectáreas en La Banda.
  • Las personas con síndrome de Down de la zona pasan a contar con un espacio destinado por ley a su educación, deporte y albergue.

Sanciones

  • Revocación de pleno derecho de la transferencia y reversión del inmueble, con todo lo edificado, plantado y adherido al suelo, a favor del Estado nacional, si las obras no se terminan y ponen en funcionamiento en diez años, si se abandonan o cierran, o si caduca o se revoca la personería jurídica de la entidad.

Casos de uso

  • Una asociación civil que atiende personas con discapacidad y necesita terreno propio para construir su escuela y su hogar.
  • Un organismo de control que debe verificar si se cumplió el cargo impuesto en una transferencia de un inmueble del Estado.

Preguntas frecuentes

El lote 1, nomenclatura catastral municipal 05-08-09-01, sobre la avenida Besares prolongación (ex ruta nacional 34) y calle San Francisco de Asís, en la ciudad de La Banda, departamento Banda, Santiago del Estero. Tiene 2 hectáreas, 21 áreas y 99,16 centiáreas.