Resumen ejecutivo
La ley tiene dos artículos: aprueba el Convenio y lo comunica al Poder Ejecutivo. El Convenio define a las autoridades aduaneras de cada país y les impone intercambiar información -por pedido o por iniciativa propia- sobre métodos de contrabando, cambios de legislación y operaciones sospechosas. Habilita a vigilar personas, mercaderías, medios de transporte y depósitos vinculados a tráfico ilícito hacia el otro país, y a aplicar de común acuerdo la técnica de entrega controlada para identificar a los responsables de un envío ilegal. Prevé atención especial al tráfico de armas, explosivos, estupefacientes, bienes culturales y especies protegidas. La información recibida solo puede usarse para los fines del Convenio y puede ser presentada en procedimientos judiciales y administrativos.Objetivo
Dotar a las aduanas argentina y rusa de un canal formal de intercambio de información y asistencia recíproca, para facilitar el comercio legítimo y detectar el contrabando entre ambos países.Problema que resuelve
Sin un convenio, cada aduana solo podía actuar sobre lo que ocurría en su territorio: una maniobra planificada en un país y ejecutada en el otro quedaba fuera de alcance, la documentación aduanera no era comparable y no había base jurídica para pedir vigilancia de una persona, un envío o un depósito sospechoso en el extranjero.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes