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Ley 25.197

VigenteNacional

Régimen del Registro del Patrimonio Cultural

Sanción:10 de noviembre de 1999Promulgación:9 de diciembre de 1999BO:15 de diciembre de 1999Ver fuente oficial
13artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley del Registro de Bienes Culturales (1999) crea el Registro Nacional de Bienes Culturales para centralizar y proteger el patrimonio cultural argentino. Define los bienes culturales (objetos, sitios o seres de valor arqueológico, histórico, artístico, científico o técnico excepcional) y los bienes histórico-artísticos, con un extenso catálogo (obras de arte, arquitectura, arqueología, documentos, colecciones, etc.). Pone la en la Secretaría de Cultura, que releva y cataloga los bienes de público, crea un registro patrimonial informatizado con la ficha detallada de cada obra y un banco de datos e imágenes, coordina una red de registros con las provincias y ejerce la superintendencia del patrimonio. Obliga a los museos y organismos públicos a consignar sus patrimonios.

Objetivo

Identificar, registrar y proteger de manera centralizada el patrimonio cultural de la Nación.

Problema que resuelve

La dispersión y falta de control del patrimonio cultural; crea un registro único que lo cataloga y protege.

A quiénes alcanza

museosorganismos públicosSecretaría de Culturaprovincias
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los museos y organismos públicos deben consignar los datos de sus patrimonios a la Secretaría de Cultura.
  • Debe llevarse un registro de las transmisiones de de los bienes registrados.

Derechos que reconoce

  • Los datos del registro están a disposición del público, salvo la situación jurídica y la valoración económica.

Casos de uso

  • Registrar y catalogar un bien cultural del Estado.
  • Consultar el patrimonio cultural registrado.

Preguntas frecuentes

Es el registro que centraliza los datos de los bienes culturales de la Nación para su protección colectiva, a cargo de la Secretaría de Cultura.