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Ley 25.198

DerogadaNacional

Declaración del turismo como actividad socioeconómica de interés nacional

Sanción:10 de noviembre de 1999Promulgación:9 de diciembre de 1999BO:16 de diciembre de 1999Ver fuente oficial
5artículos
turismointerés nacionalpromoción económicafederalismo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Una ley breve y programática, de solo cinco artículos, que fijó por primera vez en el orden nacional un principio hoy consolidado: el turismo es una actividad socioeconómica de interés nacional y debe recibir del Estado un tratamiento equivalente al de la industria. Adoptó la definición de turismo de la Organización Mundial del Turismo -las actividades que realizan las personas durante sus viajes y estancias fuera de su entorno habitual por menos de un año, con fines de ocio, negocios y otros, junto con las actividades económicas asociadas- e invitó a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir. No creó organismos ni procedimientos: ese trabajo llegó con la Ley Nacional de Turismo 25.997, que en 2005 la abrogó y montó el sistema institucional completo (Secretaría de Turismo, Consejo Federal de Turismo, Instituto Nacional de Promoción Turística y financiamiento propio).

Objetivo

Reconocer al turismo como actividad socioeconómica de interés nacional y equipararlo a la actividad industrial en materia de beneficios impositivos, tributarios y crediticios.

Problema que resuelve

El turismo carecía de una declaración legal de interés nacional que lo habilitara a recibir los estímulos y el tratamiento promocional reservados a la industria.

A quiénes alcanza

prestadores de servicios turísticosprovincias y Ciudad Autónoma de Buenos Airesorganismos nacionales de turismoviajeros
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado debía proveer al fomento, desarrollo, investigación, promoción, difusión, preservación y control de la actividad turística en todo el territorio nacional, otorgando beneficios impositivos, tributarios y crediticios similares a los de la actividad industrial (art. 3).

Derechos que reconoce

  • La actividad turística quedó equiparada a la industrial a los fines de los beneficios impositivos, tributarios y crediticios (art. 3).

Casos de uso

  • Rastrear el antecedente legislativo de la declaración de interés nacional del turismo, hoy contenida en la Ley Nacional de Turismo.
  • Determinar el régimen aplicable a un beneficio turístico otorgado entre 1999 y 2005.
  • Analizar la evolución del tratamiento legal del turismo en la Argentina.

Preguntas frecuentes

No. Fue abrogada por el Art. 46 — Ley Nacional de Turismo, la Ley Nacional de Turismo, publicada el 7 de enero de 2005.