Resumen ejecutivo
La ley aprueba la versión revisada en 1997 de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) (CIPF), de veintitrés artículos y un anexo con el modelo de certificado fitosanitario. La Convención obliga a cada país a mantener una Organización Nacional de Protección Fitosanitaria, a publicar sus requisitos, a fundar técnicamente sus restricciones mediante análisis de riesgo de plagas y a informar la aparición de plagas. Crea la Comisión de Medidas Fitosanitarias, que dicta las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF) reconocidas por el Acuerdo sobre Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio.Objetivo
Prevenir la diseminación e introducción internacional de plagas de las plantas y de los productos vegetales mediante medidas fitosanitarias armonizadas, transparentes y técnicamente justificadas, que no se conviertan en restricciones encubiertas al comercio.Problema que resuelve
Cada país fijaba por su cuenta qué exigía para dejar entrar plantas y productos vegetales. Sin definiciones ni normas comunes, una barrera sanitaria podía ser en los hechos una traba comercial arbitraria, y una plaga podía entrar por un país que no controlaba lo que otro sí.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes