Resumen ejecutivo
La ley aprueba un acuerdo marco de siete artículos por el cual la Argentina y Eslovenia se comprometen a promover la cooperación científica y tecnológica. El acuerdo enumera las formas posibles de cooperación (proyectos conjuntos, colaboración directa entre instituciones, misiones cortas de investigadores, intercambio de publicaciones), crea una Comisión Mixta que se reúne cada dos años alternativamente en cada país para elaborar programas ejecutivos bianuales y evaluar proyectos, y obliga a proteger la propiedad intelectual que resulte de la cooperación. Rige por cinco años con renovación automática.Objetivo
Dar marco jurídico estable a la cooperación científica y tecnológica entre la Argentina y Eslovenia, ordenando la presentación, evaluación y financiamiento de proyectos conjuntos.Problema que resuelve
Sin un acuerdo marco, cada iniciativa de cooperación entre instituciones científicas de los dos países debía negociarse desde cero, sin criterios comunes de evaluación, sin previsibilidad presupuestaria y sin reglas sobre a quién pertenecen los resultados.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes