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Ley 25.234

VigenteNacional

Autorización al Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2000

Sanción:15 de diciembre de 1999Promulgación:23 de diciembre de 1999BO:30 de diciembre de 1999Ver fuente oficial
2artículos
facultades del Presidenterelación entre poderesviajes presidencialesConstitución Nacional
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución exige que el Presidente pida permiso al Congreso para salir del país (artículo 99, inciso 18). Pedir una ley por cada viaje sería inviable con una agenda internacional intensa, así que desde hace décadas el Congreso resuelve el problema con una autorización general anual. Esta ley, sancionada en diciembre de 1999 —días después de la asunción de Fernando de la Rúa—, es exactamente eso: habilita al Presidente a ausentarse del país durante todo el año 2000 cuando razones de gobierno lo requieran, sin necesidad de una ley específica para cada viaje.

Objetivo

Cumplir la exigencia constitucional de permiso del Congreso para las ausencias presidenciales mediante una autorización general para el año 2000.

Problema que resuelve

El artículo 99 inciso 18 de la Constitución requiere permiso del Congreso para que el Presidente se ausente del territorio nacional. Tramitar una ley por cada viaje congestionaba el trabajo parlamentario y podía trabar la agenda internacional del país.

A quiénes alcanza

Presidente de la NaciónCongreso de la NaciónPoder Ejecutivo NacionalMinisterio de Relaciones Exteriores
Análisis jurídico

Derechos que reconoce

  • El Presidente de la Nación queda autorizado a ausentarse del país durante el año 2000 cuando razones de gobierno así lo requieran, sin necesidad de un permiso legislativo por cada viaje.

Casos de uso

  • Reconstruir el marco legal de un viaje presidencial del año 2000: la autorización estaba dada de manera general por esta ley.
  • Estudiar la práctica constitucional de las autorizaciones anuales de ausencia, y su evolución posterior hacia permisos más acotados.
  • Comparar el permiso general con los casos en que el Congreso rechazó o condicionó viajes presidenciales.

Preguntas frecuentes

Porque el artículo 99 inciso 18 de la Constitución Nacional lo exige: el Presidente puede ausentarse del territorio de la Nación con permiso del Congreso. Es un resabio del control parlamentario sobre el Ejecutivo, pensado para que el país no quede sin conducción sin aviso.