Resumen ejecutivo
La Ley 25.249 (traspaso previsional del Banco de La Pampa al SIJP) habilita al Estado nacional a firmar con la Provincia de La Pampa un convenio para que el régimen previsional propio del personal del Banco de La Pampa se integre al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) creado por la Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Alcanza a los empleados en actividad al momento del convenio y a los que ingresen después; los jubilados y pensionados anteriores al convenio siguen a cargo del organismo provincial que les otorgó el beneficio. La ley remite a la Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones para los requisitos de edad y servicios y para el régimen de comisiones médicas e invalidez. El Poder Ejecutivo la promulgó parcialmente: por el Decreto 507/2000 observó por completo el artículo 3 (que comprometía al Estado nacional a pagar prestaciones del régimen previsional público sin resolver el ingreso previo de aportes ni el derecho de opción entre reparto y capitalización) y el artículo 6 (que declaraba compatibles las prestaciones nacionales con las del régimen provincial), además de la remisión "previstos en el artículo anterior" del artículo 4.Objetivo
Ordenar el traspaso de un régimen previsional bancario provincial al sistema previsional nacional, en el marco de los convenios de transferencia de cajas provinciales.Problema que resuelve
La Provincia de La Pampa mantenía un régimen previsional propio para el personal del Banco de La Pampa, con reglas distintas de las del sistema nacional. Esa fragmentación generaba costos e incertidumbre sobre quién debía pagar los beneficios y con qué requisitos, un problema que el Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento de 1993 había intentado resolver mediante convenios de transferencia.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes