Resumen ejecutivo
La Ley 25.265 (inmuebles ferroviarios para Almirante Brown) pasa al municipio de Almirante Brown, sin costo, un conjunto de terrenos fiscales linderos a seis estaciones del ex ferrocarril Roca: Adrogué, Longchamps, Glew, José Mármol, Rafael Calzada y Claypole. El artículo 1 los identifica uno por uno con escritura, fecha de inscripción y linderos, todos incorporados al patrimonio nacional por la Ley 13.490. El artículo 2 fija para qué pueden usarse: desarrollo urbano, infraestructura de servicios, transporte público de pasajeros, espacios verdes, equipamiento deportivo, administración pública, actividades educativas, culturales, asistenciales o sanitarias. El artículo 3 agrega una salvaguarda: durante veinte años contados desde la publicación de la ley el municipio no puede cederlos a nadie, y los gastos de escrituración e inscripción corren por su cuenta. Fue promulgada sin observaciones por el Decreto 573/2000.Objetivo
Poner tierras ferroviarias ociosas del Estado nacional en manos del municipio que las tiene dentro de su ejido, con un destino público definido y garantías contra su reventa.Problema que resuelve
La reestructuración ferroviaria de los años 90 dejó franjas de terreno fiscal en el corazón de las localidades del conurbano sur: predios linderos a las estaciones, sin uso, deteriorados y sin nadie que pudiera intervenir sobre ellos. El municipio no podía urbanizarlos ni destinarlos a espacios verdes porque no era su dueño, y el Estado nacional no tenía proyecto para ellos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes