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Ley 25.289

VigenteNacional

Transferencia a Mendoza del inmueble de la sucursal del Banco Hipotecario Nacional para la Casa de la Cultura

Sanción:13 de julio de 2000Promulgación:14 de agosto de 2000BO:18 de agosto de 2000Ver fuente oficial
3artículos
transferencia de inmuebles del Estadodonación con cargoBanco Hipotecario Nacionalpatrimonio culturalMendoza
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley breve, de tres artículos, que resuelve el destino de un edificio concreto. Cuando la Ley 24.855 de Desarrollo Regional y Generación de Empleo reestructuró y privatizó el Banco Hipotecario Nacional, su artículo 24 enumeró los inmuebles que quedaban fuera de esa operación. La Casa de la Cultura de Mendoza: transferencia del edificio del Banco Hipotecario agrega a esa lista, como inciso f), el edificio de la sucursal Mendoza, ubicado en la intersección de las calles Gutiérrez y avenida España de la ciudad de Mendoza, identificado con nomenclatura catastral y padrón territorial. Hecha esa inclusión, el artículo 2 transfiere el del inmueble al gobierno de Mendoza a título gratuito, pero con un cargo: destinarlo a crear la Casa de la Cultura de Mendoza. La transferencia con cargo significa que el destino no es una recomendación sino una condición de la . Fue promulgada de hecho el 14 de agosto de 2000.

Objetivo

Rescatar de la privatización del Banco Hipotecario un edificio de valor patrimonial en el centro de Mendoza y destinarlo a un uso cultural público.

Problema que resuelve

La reestructuración del Banco Hipotecario Nacional dispuesta por la Ley 24.855 arrastraba los inmuebles de las sucursales hacia la privatizada. Un edificio emblemático del centro mendocino iba a seguir esa suerte, sin que hubiera ninguna previsión sobre un destino de interés público para él.

A quiénes alcanza

Provincia de MendozaBanco Hipotecario Sociedad AnónimaEstado nacionalcomunidad cultural mendocina
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El gobierno de Mendoza debe destinar el inmueble transferido a crear la Casa de la Cultura de Mendoza, que es el cargo impuesto a la
  • El Estado nacional debe instrumentar la transferencia de del inmueble identificado en el artículo 1 a título gratuito
  • El inmueble queda excluido del patrimonio transferido al Banco Hipotecario por aplicación del Art. 24 — Ley 24.855

Casos de uso

  • Acreditar el título de de la provincia de Mendoza sobre el inmueble de calles Gutiérrez y avenida España
  • Verificar qué inmuebles quedaron excluidos de la transferencia al Banco Hipotecario
  • Analizar el cumplimiento del cargo impuesto en una transferencia gratuita del Estado nacional a una provincia

Preguntas frecuentes

Dos cosas encadenadas: incorpora el inmueble de la sucursal Mendoza del Banco Hipotecario Nacional como inciso f) del Art. 24 — Ley 24.855, y transfiere su al gobierno de Mendoza a título gratuito con el cargo de crear la Casa de la Cultura.