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Ley 25.321

VigenteNacional

Renuncia a meses aportados como autónomo y caducidad de la deuda previsional

Sanción:13 de septiembre de 2000Promulgación:6 de octubre de 2000BO:11 de octubre de 2000Ver fuente oficial
2artículos
jubilacionestrabajadores autónomosdeuda previsionalaños de servicio
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de un solo artículo dispositivo que resuelve un problema muy concreto: la persona que trabajó en y, al mismo tiempo o después, estuvo inscripta como autónomo, llegaba a la edad jubilatoria con los años ya cumplidos por un lado y con una deuda de aportes de autónomo por el otro. Como la ANSES exigía estar libre de deuda para otorgar el beneficio, esa deuda —inútil para el cómputo, porque los años ya estaban completos— bloqueaba la jubilación. La ley habilita a renunciar a esos meses excedentes o simultáneos, y con la renuncia la deuda caduca.

Objetivo

Destrabar el otorgamiento de la jubilación a quienes ya reúnen los requisitos, eliminando la deuda de autónomos correspondiente a períodos que no necesitan computar.

Problema que resuelve

La superposición entre el trabajo en y la inscripción como autónomo generaba deudas de aportes que no aportaban ningún año adicional al cómputo, pero que igualmente impedían acceder al beneficio hasta ser canceladas.

A quiénes alcanza

trabajadores autónomostrabajadores con actividad simultánea en relación de dependencia y autónomaANSEScontadores y gestores previsionalesabogados previsionalistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La ANSES debe dar por caducada la deuda exigible por los períodos de autónomo a los que el trabajador renuncia conforme a esta ley.

Derechos que reconoce

  • El trabajador que ya completó los años de servicios y aportes exigidos puede renunciar a los meses de autónomo que excedan ese período o que hayan sido simultáneos con él.
  • Con la renuncia caduca la deuda previsional exigible por esos lapsos, de modo que no puede reclamársele el pago ni condicionarse el beneficio a su cancelación.

Casos de uso

  • Un trabajador que estuvo en y a la vez inscripto como autónomo, y al pedir la jubilación se encuentra con una deuda de autónomos.
  • Un contador que arma el expediente previsional de un cliente con aportes superpuestos.
  • Un abogado previsionalista que discute la exigibilidad de una deuda de autónomos que no incide en el cómputo.

Preguntas frecuentes