Resumen ejecutivo
El convenio argentino-alemán de 1978 reparte entre los dos países la potestad de gravar rentas y capitales para que un mismo ingreso no tribute dos veces. Este protocolo lo actualiza: adapta sus reglas a los cambios ocurridos en la legislación tributaria argentina desde su firma, sustituyendo apartados del texto original. La ley que lo aprueba es breve —aprobación y comunicación—: el contenido técnico está en los tres artículos del protocolo, cuya fotocopia autenticada forma parte de la ley. En la práctica, estos instrumentos son la herramienta que usan empresas y personas con actividad en ambos países para determinar dónde tributan, qué tasas máximas se aplican a dividendos, intereses y regalías y cómo se acredita el impuesto pagado en el exterior.Objetivo
Actualizar el convenio bilateral de doble imposición con Alemania para adecuarlo a los cambios de la legislación tributaria argentina.Problema que resuelve
El convenio de 1978 había quedado desfasado respecto de la legislación tributaria argentina posterior, generando incertidumbre sobre su aplicación.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes