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Ley 25.342

VigenteNacional

Transmisión televisiva en directo y a todo el país de los partidos de la Selección Argentina de Fútbol

Sanción:11 de octubre de 2000Promulgación:3 de noviembre de 2000BO:6 de noviembre de 2000Ver fuente oficial
7artículos
medios de comunicacióndeportedefensa de la competenciaacceso a contenidos de interés general
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley responde a un problema concreto de fines de los años noventa: los partidos de la Selección podían quedar limitados a la televisión paga o a áreas de cobertura parciales, dejando afuera a buena parte del país. La solución que adopta no es expropiar los derechos sino condicionar su comercialización: quien los venda debe hacerlo de modo que la transmisión en directo llegue a todo el territorio nacional. El estándar de cumplimiento es preciso -una emisora de televisión abierta por localidad, y en las zonas sin cobertura o de sombra, la retransmisión en directo por el canal propio de la televisión comunitaria por cable- y el alcance es taxativo: solo el Campeonato Mundial en todas sus categorías y su etapa clasificatoria, la Copa América y los partidos de fútbol de los Juegos Olímpicos. El incumplimiento tiene doble vía sancionatoria: la de la Ley de Defensa de la Competencia si la comercialización distorsiona el mercado, y la de la Ley de Radiodifusión para los licenciatarios.

Objetivo

Garantizar que todos los habitantes del país puedan ver en directo y por televisión abierta los partidos de la Selección Argentina en los torneos más relevantes.

Problema que resuelve

La venta exclusiva de los derechos televisivos podía dejar los partidos de la Selección fuera del alcance de quienes no tenían televisión paga o vivían en zonas sin cobertura, convirtiendo un acontecimiento de interés general en un bien de acceso restringido.

A quiénes alcanza

televidentes de todo el paísasociaciones deportivastitulares de derechos de transmisiónlicenciatarios de radiodifusión y televisiónautoridad de aplicación de servicios audiovisualesComisión y Tribunal de Defensa de la Competencia
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las asociaciones deportivas y los titulares de los derechos de transmisión deben comercializarlos garantizando la transmisión en directo a todo el territorio nacional.
  • Debe asegurarse al menos una emisora de televisión abierta por localidad; en localidades sin cobertura o en áreas de sombra, la retransmisión en directo por el canal propio de la televisión comunitaria.
  • Los licenciatarios y autorizados a prestar servicios de radiodifusión titulares de esos derechos deben cumplir la ley bajo apercibimiento de las sanciones del régimen de radiodifusión.
  • La autoridad nacional de comunicación y el organismo de contralor de la radiodifusión deben dictar las normas y adoptar las medidas para garantizar el cumplimiento efectivo.

Derechos que reconoce

  • Los habitantes de todo el país tienen derecho a acceder en directo y por televisión abierta a los partidos de la Selección Argentina en los torneos alcanzados por la ley.

Sanciones

  • Sanciones de la Ley de Defensa de la Competencia de Defensa de la , aplicadas por la Comisión y el Tribunal de Defensa de la , si la comercialización de los derechos restringe, falsea o distorsiona la o configura abuso de posición dominante.
  • Penalidades del régimen de radiodifusión para los licenciatarios y autorizados que incumplan.

Casos de uso

  • Un canal de aire del interior que negocia la retransmisión de un partido de eliminatorias.
  • Un cableoperador de una localidad en área de sombra que debe habilitar su canal propio para la retransmisión en directo.
  • Un titular de derechos que evalúa una venta exclusiva a televisión paga y necesita conocer el límite legal.
  • Un usuario que reclama ante la por no poder ver un partido alcanzado por la ley.

Preguntas frecuentes

Solo los que enumera el artículo 3, con carácter taxativo: el Campeonato Mundial de Fútbol de la FIFA en todas sus categorías y su etapa clasificatoria, la Copa América de la CONMEBOL y los partidos de fútbol de los Juegos Olímpicos. Los amistosos y otros torneos no están incluidos.