Resumen ejecutivo
La ley responde a un problema concreto de fines de los años noventa: los partidos de la Selección podían quedar limitados a la televisión paga o a áreas de cobertura parciales, dejando afuera a buena parte del país. La solución que adopta no es expropiar los derechos sino condicionar su comercialización: quien los venda debe hacerlo de modo que la transmisión en directo llegue a todo el territorio nacional. El estándar de cumplimiento es preciso -una emisora de televisión abierta por localidad, y en las zonas sin cobertura o de sombra, la retransmisión en directo por el canal propio de la televisión comunitaria por cable- y el alcance es taxativo: solo el Campeonato Mundial en todas sus categorías y su etapa clasificatoria, la Copa América y los partidos de fútbol de los Juegos Olímpicos. El incumplimiento tiene doble vía sancionatoria: la de la Ley de Defensa de la Competencia si la comercialización distorsiona el mercado, y la de la Ley de Radiodifusión para los licenciatarios.Objetivo
Garantizar que todos los habitantes del país puedan ver en directo y por televisión abierta los partidos de la Selección Argentina en los torneos más relevantes.Problema que resuelve
La venta exclusiva de los derechos televisivos podía dejar los partidos de la Selección fuera del alcance de quienes no tenían televisión paga o vivían en zonas sin cobertura, convirtiendo un acontecimiento de interés general en un bien de acceso restringido.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes