Resumen ejecutivo
La Tratado bilateral de inversiones Argentina-Rusia (sancionada el 1 de noviembre de 2000, promulgada el 15 de noviembre de 2000) aprueba el tratado bilateral de inversiones con la Federación de Rusia. Su particularidad frente a los demás acuerdos de la misma tanda está en el mecanismo de solución de controversias inversor-Estado: como Rusia firmó pero no ratificó la Convención de Washington, el Convenio no ofrece el del CIADI. En su lugar, transcurridos seis meses desde la escrita de la controversia, el inversor puede elegir entre el tribunal competente o el sistema de del Estado donde hizo la inversión, un tribunal arbitral ad hoc constituido según las Reglas de de la CNUDMI, o el de una cámara de comercio internacional si ambas partes lo consienten. El objeto de la controversia arbitrable está además acotado: y su compensación y transferencias de pagos. Las controversias entre los dos Estados sobre interpretación o aplicación del Convenio se resuelven por negociación diplomática y, en su defecto, ante un tribunal arbitral de tres miembros presidido por un nacional de un tercer Estado.Objetivo
Aprobar el tratado bilateral que fija los estándares de protección de las inversiones argentinas en Rusia y de las rusas en la Argentina.Problema que resuelve
Las inversiones entre dos economías con sistemas jurídicos muy distintos necesitan reglas comunes y un foro neutral, que el derecho interno de cada Estado no puede garantizar por sí solo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes