Resumen ejecutivo
La Ley de Solidaridad Previsional había puesto un cerrojo a la movilidad de las jubilaciones: los aumentos quedaban atados a lo que fijara la ley de presupuesto. Eso generó un efecto colateral perverso: cuando la ANSeS se equivocaba al liquidar un haber y después tenía que corregirlo, el organismo podía tratar esa corrección como si fuera un aumento por movilidad, y por lo tanto negarla. La Ley de reliquidaciones previsionales por error material cierra esa puerta con una regla de una sola frase: si el ajuste se debe a un error material o a una omisión de la ANSeS o de la repartición de origen, no es movilidad, es simplemente pagar bien lo que estaba mal liquidado.Objetivo
Impedir que las correcciones de errores de liquidación de haberes previsionales queden bloqueadas por el régimen restrictivo de movilidad de la Ley de Solidaridad Previsional.Problema que resuelve
La administración previsional podía negarse a corregir haberes mal liquidados invocando el régimen de movilidad, dejando al jubilado con un haber erróneo por de un error del propio Estado.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes