Resumen ejecutivo
La Constitución Nacional exige que el Presidente cuente con permiso del Congreso para ausentarse del territorio de la Nación. Durante los años noventa y hasta comienzos de los dos mil se consolidó la práctica de otorgar esa autorización de manera anual y genérica, para evitar una ley por cada viaje. Esta es la autorización correspondiente al año 2001: dos artículos, sin condiciones más allá de que existan razones de gobierno. Es una norma de derecho público interno, de vigencia acotada al año que menciona, útil hoy sobre todo como registro institucional de esa práctica.Objetivo
Otorgar al Presidente de la Nación la autorización del Congreso, exigida por la Constitución, para salir del país durante 2001.Problema que resuelve
Sin autorización del Congreso el Presidente no puede ausentarse del territorio nacional; pedirla viaje por viaje resultaba impracticable frente a la agenda internacional.A quiénes alcanza
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes