Resumen ejecutivo
Antes de esta ley, la sordera congénita se detectaba tarde —muchas veces recién cuando el chico no empezaba a hablar—, y para entonces la ventana de mayor plasticidad para adquirir lenguaje ya se había cerrado. La ley ataca el problema por dos lados. Primero, convierte la pesquisa auditiva neonatal en obligatoria: todo recién nacido debe ser estudiado antes de los tres meses de vida. Segundo, evita que el costo bloquee el acceso: las obras sociales, las asociaciones de obras sociales regidas por leyes nacionales y las empresas de medicina prepaga deben brindar las prestaciones de forma obligatoria, que quedan incorporadas de pleno derecho al Programa Médico Obligatorio, con audífonos, prótesis auditivas y rehabilitación fonoaudiológica incluidos. En el sector público, el Programa Nacional creado en el Ministerio de Salud debe equipar los hospitales con maternidad, neonatología y otorrinolaringología y proveer prótesis y audífonos gratis a quienes no tienen cobertura ni recursos. El artículo 6º, que asignaba el financiamiento a la partida presupuestaria del Ministerio de Salud, fue observado por el Decreto 469/2001: la ley rige sin esa cláusula de financiamiento.Objetivo
Detectar la hipoacusia en los primeros meses de vida y garantizar el tratamiento y el equipamiento auditivo, para que la pérdida de audición no derive en una pérdida del lenguaje.Problema que resuelve
La hipoacusia congénita se diagnosticaba tardíamente y el equipamiento auditivo y la rehabilitación quedaban fuera de la cobertura obligatoria, con lo que dependían del bolsillo de cada familia.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes