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Ley 25.420

VigenteNacional

Declaración del año 2001 como Año de la Economía Social y las Entidades Solidarias, Cooperativas, Mutuales y ONGs

Sanción:4 de abril de 2001Promulgación:27 de abril de 2001BO:4 de mayo de 2001Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Es una ley declarativa de dos artículos: el Congreso designa el año 2001 como Año de la Economía Social y las Entidades Solidarias, Cooperativas, Mutuales y Organizaciones No Gubernamentales. No crea organismos, no asigna partidas ni impone obligaciones: su efecto es simbólico y protocolar. En la práctica habilita a los organismos públicos a incluir la leyenda en su documentación oficial durante ese año y funciona como señal política de reconocimiento al sector de la economía social, en un momento en que cooperativas y mutuales ganaban peso como respuesta al desempleo y a la crisis.

Objetivo

Reconocer y dar visibilidad institucional al sector de la economía social —cooperativas, mutuales y organizaciones no gubernamentales— durante el año 2001.

Problema que resuelve

El sector de la economía social tenía escasa visibilidad institucional pese a su papel creciente frente al desempleo y la exclusión.

A quiénes alcanza

CooperativasMutualesOrganizaciones no gubernamentalesOrganismos de la Administración Pública Nacional
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Fechar y contextualizar documentación oficial del año 2001 que lleva la leyenda declarada.
  • Rastrear el reconocimiento institucional de la economía social en la legislación argentina.
  • Fundamentar reseñas históricas sobre el impulso al cooperativismo y al mutualismo en el año previo a la crisis de 2001.

Preguntas frecuentes

Declara al año 2001 como "Año de la Economía Social y las Entidades Solidarias, Cooperativas, Mutuales y ONGs".