Resumen ejecutivo
La ley formaliza la adhesión argentina al Día Mundial de la Poesía proclamado por la UNESCO, cuyo objetivo declarado es apoyar la diversidad lingüística a través de la expresión poética. La parte con contenido operativo es el artículo 2: encarga a la Secretaría de Cultura y Comunicación armar un programa nacional conmemorativo del género que incluya expresamente las lenguas de las comunidades aborígenes del país. Es una norma breve, de tres artículos, sin sanciones ni obligaciones para particulares.Objetivo
Adherir a la conmemoración internacional de la poesía y darle una política pública nacional que incorpore las lenguas originarias.Problema que resuelve
Las conmemoraciones internacionales sin adhesión formal ni programa estatal quedan sin correlato en la política cultural argentina.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes