Resumen ejecutivo
Es la ley que fijó el marco legal de la requisa policial sin orden judicial en la Argentina. Su pieza central es el nuevo Art. 230 bis — Ley de Implementación del Código Procesal Penal Federal: los funcionarios policiales pueden requisar personas, revisar sus efectos personales e inspeccionar el interior de vehículos, aeronaves y buques sin orden del juez, pero solo si se cumplen dos condiciones acumulativas: que existan circunstancias previas o concomitantes que razonable y objetivamente justifiquen la medida respecto de esa persona o vehículo determinado, y que ocurra en la vía pública o en lugares de acceso público. Debe labrarse acta y comunicarse de inmediato al juez. La ley también reescribe el catálogo de atribuciones policiales del artículo 184 —incluida la incomunicación por un máximo de diez horas con informe médico obligatorio y la prohibición de recibir declaración al bajo pena de —, ordena que la prevención comunique de inmediato al juez y al fiscal el inicio de actuaciones y las complete en cinco días prorrogables por otros cinco, detalla el contenido obligatorio de la orden de allanamiento y regula qué actas pueden leerse en el .Objetivo
Delimitar por ley las facultades de la policía y las fuerzas de seguridad en la investigación penal, en especial la requisa e inspección sin orden judicial.Problema que resuelve
La requisa personal y la inspección de vehículos sin orden judicial se practicaban sin un marco legal expreso, lo que generaba nulidades y contradictoria sobre la validez de la prueba obtenida.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes