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Ley 25.440

VigenteNacional

Autorización a ciudadanos argentinos para desempeñarse como cónsules y vicecónsules honorarios

Sanción:20 de junio de 2001Promulgación:13 de julio de 2001BO:18 de julio de 2001Ver fuente oficial
2artículos
cónsules honorariosrelaciones exterioresautorización del Congresoservicio consular extranjero
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución exige que ningún argentino acepte un empleo o función de un gobierno extranjero sin consentimiento del Congreso, y la Ley 23.732 canalizó esa exigencia para el caso concreto de los cónsules y vicecónsules honorarios: personas residentes en el país, propuestas por un Estado extranjero, que atienden asuntos consulares en una ciudad donde ese Estado no tiene consulado de carrera. Cada tanto el Congreso sanciona una ley que autoriza en bloque a una tanda de propuestos. Esta es una de ellas: aprueba una nómina de diez ciudadanos argentinos —propuestos por España, Francia e Italia— sobre la base de las constancias enviadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. La nómina anexa forma parte de la ley.

Objetivo

Otorgar el consentimiento del Congreso, exigido por la Constitución y reglamentado por la Ley 23.732, para que ciudadanos argentinos ejerzan funciones consulares honorarias de gobiernos extranjeros.

Problema que resuelve

Sin autorización legislativa, un ciudadano argentino no puede aceptar el cargo de cónsul o vicecónsul honorario que le propone un Estado extranjero.

A quiénes alcanza

Ciudadanos argentinos propuestos como cónsules o vicecónsules honorariosMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y CultoGobiernos extranjeros proponentes
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La autorización sólo alcanza a las personas incluidas en la nómina anexa, que forma parte de la ley, y a los cargos allí indicados.
  • La autorización se apoya en las constancias remitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Derechos que reconoce

  • Los ciudadanos incluidos en la nómina quedan habilitados a desempeñar el cargo de cónsul o vicecónsul honorario que les propuso un gobierno extranjero.

Casos de uso

  • Verificar si una persona contaba con autorización legislativa para ejercer como cónsul honorario en 2001.
  • Rastrear la práctica legislativa de autorizaciones en bloque a cónsules honorarios.
  • Fundamentar el requisito de consentimiento del Congreso para aceptar funciones de un gobierno extranjero.

Preguntas frecuentes

Porque un ciudadano argentino no puede aceptar funciones de un gobierno extranjero sin consentimiento del Congreso. La Ley 23.732 reglamentó esa exigencia para el caso de los cónsules y vicecónsules honorarios, y por eso el Congreso sanciona periódicamente leyes que autorizan a los propuestos.