Volver al listado

Ley 25.448

VigenteNacional

Día Nacional del Médico Rural

Sanción:27 de junio de 2001Promulgación:26 de julio de 2001BO:31 de julio de 2001Ver fuente oficial
2artículos
conmemoracionessaludámbito rural
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley fija el 4 de julio como Día Nacional del Médico Rural y elige esa fecha por el natalicio de Esteban Laureano Maradona, el médico santafesino que ejerció durante casi cincuenta años en Estanislao del Campo, Formosa, atendiendo gratuitamente a comunidades criollas y del pueblo pilagá. Es una norma declarativa de dos artículos: reconoce una figura y, a través de ella, la tarea de quienes ejercen la medicina en zonas rurales y de difícil acceso. En su publicación original hubo una fe de erratas: el epígrafe salió como "Día del Medio Rural" y se corrigió a "Día del Médico Rural".

Objetivo

Reconocer institucionalmente la labor de los médicos rurales mediante una fecha en el calendario nacional.

Problema que resuelve

El ejercicio de la medicina en zonas rurales y aisladas, con escasos recursos y alta social, carecía de una fecha nacional de reconocimiento.

A quiénes alcanza

médicos y equipos de salud ruralescolegios y asociaciones médicasministerios y hospitales públicoscomunidades rurales
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Un hospital o centro de salud rural que organiza un acto el 4 de julio.
  • Un colegio médico que instituye una distinción anual en la fecha.
  • Una escuela que trabaja la figura de Esteban Laureano Maradona como efeméride.

Preguntas frecuentes

El 4 de julio de cada año, según esta ley.