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Ley 25.473

VigenteNacional

Construcción del monumento a la memoria del doctor Arturo Umberto Illia

Sanción:24 de octubre de 2001Promulgación:19 de noviembre de 2001BO:21 de noviembre de 2001Ver fuente oficial
6artículos
homenajesmemoria democráticaespacio públicoCiudad Autónoma de Buenos Aires
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley organiza de punta a punta el homenaje al ex presidente Arturo Umberto Illia, derrocado por el golpe de 1966: manda construir el monumento, define quién lo gestiona, cómo se elige la obra, cuánto cuesta y dónde va. La Comisión Promonumento, designada por el Poder Ejecutivo, se hace cargo del concurso público de creatividad y costo -restringido a escultores argentinos-, actúa como jurado y dirige, planifica y contrata la realización. El gasto se imputa al presupuesto del ejercicio 2001 con una reserva de 200.000 pesos. El emplazamiento queda fijado con precisión: la plazoleta bordeada por las Avenidas 9 de Julio y Corrientes y las calles Cerrito y Sarmiento, orientado al sudoeste. Como esa plazoleta pertenece a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el artículo 5 invita a su Legislatura a darle el nombre del ex presidente, respetando la autonomía porteña.

Objetivo

Erigir un monumento nacional en memoria de Arturo Illia con un procedimiento de selección, financiamiento y emplazamiento definidos por ley.

Problema que resuelve

Los homenajes dispuestos por ley suelen quedar sin ejecutar por falta de organismo responsable, de procedimiento de selección o de partida presupuestaria asignada.

A quiénes alcanza

Poder Ejecutivo Nacionalescultores argentinosLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos AiresGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesvecinos y transeúntes de la zona
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo nacional debe nombrar una Comisión Promonumento al doctor Arturo Umberto Illia.
  • La Comisión debe llamar a concurso público de creatividad y costo restringido a escultores argentinos, constituirse en jurado y dirigir, planificar y contratar la realización de la obra.
  • Los gastos deben imputarse al Presupuesto General de Gastos y Recursos del ejercicio 2001, con una reserva de 200.000 pesos.
  • El monumento debe emplazarse en la plazoleta bordeada por las Avenidas 9 de Julio y Corrientes y las calles Cerrito y Sarmiento, orientado al sudoeste.

Derechos que reconoce

  • Los escultores argentinos tienen derecho a participar del concurso público de creatividad y costo previsto por la ley.

Casos de uso

  • Un escultor que quiere conocer las condiciones del concurso previsto por la ley.
  • Un organismo del Poder Ejecutivo que debe integrar y poner en funciones la Comisión Promonumento.
  • La Legislatura porteña al tratar la denominación de la plazoleta.
  • Un investigador de las políticas de memoria y del uso del espacio público.

Preguntas frecuentes

Fue presidente de la Nación entre 1963 y 1966, derrocado por un golpe militar. La ley funda el homenaje en "su lucha en defensa de la libertad, la justicia y la plena vigencia de la Constitución Nacional".