Volver al listado

Ley 25.474

VigenteNacional

Aprobación del Convenio de Cooperación Cultural con la Federación de Rusia

Sanción:24 de octubre de 2001Promulgación:19 de noviembre de 2001BO:23 de noviembre de 2001Ver fuente oficial
2artículos
cooperación culturalrelaciones con la Federación de Rusiaprotección de bienes culturalesintercambio artístico
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Convenio compromete a ambos países a difundir mutuamente sus valores artísticos y culturales y a facilitar el acceso de sus habitantes a ellos. Prevé giras de conjuntos artísticos, información recíproca sobre festivales y concursos, cooperación entre museos, bibliotecas y archivos estatales, contactos directos entre instituciones culturales, intercambio de especialistas e investigaciones conjuntas, y colaboración en cinematografía. Un compromiso destacado es el del artículo 7: ambos Estados deben adoptar medidas para evitar la entrada, salida y transferencia ilegal de bienes culturales y cooperar en su repatriación.

Objetivo

Fortalecer los vínculos culturales, artísticos, educativos, cinematográficos, deportivos y juveniles entre la Argentina y la Federación de Rusia.

Problema que resuelve

Tras la disolución de la Unión Soviética, el intercambio cultural con la Federación de Rusia carecía de un marco bilateral actualizado que ordenara las giras artísticas, la cooperación entre instituciones y la protección de los bienes culturales.

A quiénes alcanza

artistas y elencosmuseos, bibliotecas y archivosinstituciones culturalesgestores culturalesorganismos de cultura del Estado
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Cada Parte debe esforzarse por difundir los valores artísticos y culturales del otro país y facilitar a sus habitantes el amplio acceso a ellos.
  • Las Partes deben informarse mutuamente, con la antelación necesaria, sobre conferencias, concursos, festivales y otras actividades internacionales de cultura y arte que se realicen en sus países.
  • Las Partes se comprometen a tomar medidas para evitar la entrada, la salida y la transferencia ilegal del derecho de propiedad sobre bienes culturales, y a garantizar la interacción de sus órganos competentes para el intercambio de información y la repatriación de esos bienes.
  • En caso de desplazamiento de bienes culturales, las Partes deben acordar por vía diplomática los asuntos referidos a su protección.

Derechos que reconoce

  • Los conjuntos artísticos profesionales -operísticos, teatrales, musicales y otros- y los solistas pueden realizar giras en el otro país, tanto sobre bases comerciales como no comerciales, con el apoyo de ambos Estados.
  • Museos, bibliotecas y archivos estatales pueden establecer cooperación directa, en especial entre las bibliotecas nacionales para el acceso a materiales de temática rusa y argentina.
  • Instituciones culturales, uniones, asociaciones y fundaciones de ambos países pueden establecer contactos directos y celebrar acuerdos institucionales.
  • Los especialistas pueden participar de conferencias, simposios, intercambios e investigaciones conjuntas en cultura, arte y literatura.

Casos de uso

  • Un teatro público organiza la gira de un elenco ruso y busca el marco bilateral que la respalda.
  • Una biblioteca nacional gestiona el acceso a fondos documentales rusos sobre temática argentina.
  • Un museo consulta el procedimiento acordado para el desplazamiento temporal de bienes culturales entre ambos países.
  • Un organismo de cultura investiga la salida ilegal de una pieza y evalúa las vías de cooperación previstas en el Convenio.

Preguntas frecuentes

El Convenio sobre Cooperación Cultural entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la Federación de Rusia, firmado en Buenos Aires el 25 de noviembre de 1997, que consta de veintiún artículos.