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Ley 25.482

VigenteNacional

Declaración de Rincón de los Sauces como Capital Nacional de la Energía

Sanción:24 de octubre de 2001Promulgación:19 de noviembre de 2001BO:21 de noviembre de 2001Ver fuente oficial
2artículos
energíahidrocarburosNeuquéndeclaraciones honoríficas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Norma de dos artículos que otorga un título honorífico a Rincón de los Sauces, en el norte neuquino, por su peso en la producción hidrocarburífera del país: la localidad está en el corazón de la cuenca neuquina y creció al ritmo de la actividad petrolera. Las declaraciones de "capital nacional" de una actividad son reconocimientos simbólicos: no transfieren competencias, regalías ni recursos, ni modifican el régimen de hidrocarburos. Su valor es institucional y de promoción.

Objetivo

Reconocer institucionalmente el papel de Rincón de los Sauces en la producción energética nacional.

Problema que resuelve

La contribución de una localidad a una actividad estratégica no tenía reconocimiento formal a nivel nacional.

A quiénes alcanza

Municipalidad de Rincón de los SaucesProvincia del Neuquénsector hidrocarburíferohabitantes de la localidad
Análisis jurídico

Casos de uso

  • El municipio de Rincón de los Sauces que utiliza el título en su identidad institucional y en su promoción.
  • Un investigador que releva las declaraciones honoríficas de capital nacional otorgadas por ley del Congreso.
  • Una entidad local que cita el antecedente al gestionar apoyo para actividades vinculadas a la energía.

Preguntas frecuentes

Rincón de los Sauces, en la provincia del Neuquén, por esta ley de 2001.