Resumen ejecutivo
El Convenio institucionaliza la cooperación entre ambas fuerzas navales en cuatro áreas: instrucción y adiestramiento, apoyo logístico, técnica y toda otra que se convenga. La asistencia se canaliza bajo acta a través de los respectivos Agregados Navales, se presta sin fines de lucro y bajo condiciones de reciprocidad, y la información vinculada al Convenio se clasifica como SECRETO, con prohibición de cederla a terceros sin aprobación expresa de ambas Partes. La ley fue sancionada trece años después de la firma del Convenio.Objetivo
Afianzar los lazos entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú mediante asistencia recíproca en instrucción, logística y técnica.Problema que resuelve
La cooperación entre ambas armadas dependía de acuerdos puntuales sin un marco estable que definiera las áreas de asistencia, el canal institucional y el tratamiento de la información sensible.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes