Resumen ejecutivo
Ley marco de diez artículos que ubica a las enfermedades cardiovasculares —principal causa de muerte en la Argentina— como prioridad sanitaria nacional. No crea prestaciones exigibles ni un fondo propio: define una política. Su núcleo es el artículo 4, que enumera los ocho lineamientos del Programa Nacional de Prevención, entre ellos dos que anticipan debates posteriores: la inclusión de información nutricional sobre grasas, colesterol y sodio en los alimentos comercializados, y la advertencia sobre esos riesgos en la publicidad. La ejecución se articula con las provincias a través del Consejo Federal de Salud y de la invitación a adherir del artículo 7.Objetivo
Reducir la morbilidad y la mortalidad por causas coronarias y cerebrovasculares mediante un programa nacional de prevención, educación y detección precoz.Problema que resuelve
Las enfermedades cardiovasculares concentran la mayor parte de las muertes en el país y dependen en buena medida de factores de riesgo evitables (hipertensión, tabaquismo, obesidad, sedentarismo, alimentación), pero no existía una política nacional que ordenara la prevención ni un organismo responsable de coordinarla con las provincias.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes