Resumen ejecutivo
Ley de cinco artículos que cierra un conflicto tributario puntual. Durante años el fisco discutió si el transporte organizado para el turismo —excursiones, paseos de recreación, esparcimiento o deportivos— estaba alcanzado por el IVA o quedaba comprendido en la exención del transporte de pasajeros, y determinó deuda a muchas empresas del sector. La ley zanja la discusión hacia atrás: declara exentos esos servicios por los períodos anteriores a su vigencia, extiende el beneficio a los expedientes en trámite administrativo o judicial y a los casos con firme si el contribuyente se allana, pero no habilita ninguna devolución de lo ya pagado.Objetivo
Definir la situación frente al IVA de los servicios de transporte organizado para el turismo prestados antes de la vigencia de la ley, y poner fin a los litigios abiertos por esa causa.Problema que resuelve
La indefinición sobre el tratamiento en el IVA del transporte turístico había generado determinaciones , ajustes y litigios contra empresas del sector, con criterios dispares y años de incertidumbre.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes