Ley 25.520

Artículo 13Funciones de la SIDE

Texto oficial

La SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (SIDE) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN tendrá las siguientes funciones: 1. Conducir el esfuerzo de Inteligencia Nacional y Contrainteligencia. 2. Planificar y ejecutar las acciones del Ciclo de Producción de Inteligencia Nacional a través de sus órganos, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA CRIMINAL (DNIC) y de la DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS (DGIEMCO). 3. Dirigir y articular las actividades y el funcionamiento del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN) y las relaciones con los organismos de inteligencia de otros Estados. 4. Coordinar las actividades dentro del marco de las Leyes Nros. 23.554 y 24.059 con los funcionarios designados por los ministros de las áreas respectivas, cuyo rango no podrá ser inferior al de Subsecretario. 5. Requerir a todos los órganos del Sector Público Nacional la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. 6. Requerir la cooperación de las Provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES cuando ello fuere necesario para el desarrollo de sus actividades. 7. Entender en la formación, capacitación, adiestramiento y actualización del personal de la Secretaría y colaborar con los organismos del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN) en la formación y capacitación de su personal a través de la Escuela Nacional de Inteligencia. 8. Proporcionar al MINISTERIO DE DEFENSA la información e inteligencia que fuere menester para contribuir en la producción de la Inteligencia Estratégica Militar de conformidad a lo establecido en el Art. 15 — Ley de Defensa Nacional. 9. Proporcionar al CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR la información e inteligencia que fuere requerida de conformidad a lo establecido en el inciso e) del Art. 10 — Ley de Seguridad Interior. 10. Entender en la lucha contra el terrorismo y coordinar acciones con los organismos nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES con en la materia. 11. Dirigir la COMUNIDAD DE INTELIGENCIA NACIONAL (CITN) y la COMUNIDAD INFORMATIVA NACIONAL (CIFN), e integrar la información de estos subsistemas, así como también lo producido por los órganos del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN) para ser elevado al PRESIDENTE DE LA NACIÓN. 12. Proponer a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS los niveles de alerta de Seguridad Estratégica Nacional con asistencia del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, el MINISTERIO DE DEFENSA y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO. 13. Celebrar convenios con personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, para el cumplimiento de sus funciones. 14. Planificar y ejecutar la Inteligencia Geoespacial en apoyo a las actividades del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN). 15. Entender en la gestión Criptográfica del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN). 16. Asesorar, en el marco de su , al PODER EJECUTIVO NACIONAL sobre la comunicación estratégica del ESTADO NACIONAL. 17. Elaborar el Informe Anual de Actividades de Inteligencia a los efectos de su presentación ante la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos y Actividades de Inteligencia del H. CONGRESO DE LA NACIÓN. A tal fin, los organismos del SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL (SIN) le deberán brindar toda la información correspondiente. (Artículo sustituido por art. 20 del Decreto N° 941/2025 B.O. 02/01/2026. Vigencia: a partir de la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)

Qué significa en la práctica

Enumera las funciones de la SIDE: conducir el esfuerzo de inteligencia nacional y de contrainteligencia, y planificar y ejecutar el Ciclo de Producción de Inteligencia Nacional a través de sus órganos.

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