Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos artículos. Con ella el Congreso presta el acuerdo que la Constitución exige para que la Argentina quede obligada por el Acuerdo del MERCOSUR que permite admitir títulos y grados universitarios expedidos en los otros Estados Partes, al solo efecto de ejercer la docencia y la investigación en instituciones de educación superior. El Acuerdo no habilita el ejercicio profesional: quien quiera trabajar de médico o de ingeniero sigue necesitando la reválida o el reconocimiento del título por la vía común.Objetivo
Facilitar la circulación de docentes e investigadores dentro del MERCOSUR admitiendo, con fines exclusivamente académicos, los títulos y grados universitarios otorgados en los otros Estados Partes.Problema que resuelve
Antes del Acuerdo, un profesor con título de otro país del bloque debía revalidar su diploma para dictar clases o investigar en una universidad argentina, aun cuando fuera contratado por un plazo corto. Ese trámite desalentaba los intercambios académicos regionales.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes