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Ley 25.521

VigenteNacional

Acuerdo de admisión de títulos y grados universitarios para el ejercicio de actividades académicas en el MERCOSUR

Sanción:27 de noviembre de 2001Promulgación:7 de enero de 2002BO:10 de enero de 2002Ver fuente oficial
2artículos
MERCOSUReducación superiortítulos universitariosmovilidad académicaintegración regional
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de dos artículos. Con ella el Congreso presta el acuerdo que la Constitución exige para que la Argentina quede obligada por el Acuerdo del MERCOSUR que permite admitir títulos y grados universitarios expedidos en los otros Estados Partes, al solo efecto de ejercer la docencia y la investigación en instituciones de educación superior. El Acuerdo no habilita el ejercicio profesional: quien quiera trabajar de médico o de ingeniero sigue necesitando la reválida o el reconocimiento del título por la vía común.

Objetivo

Facilitar la circulación de docentes e investigadores dentro del MERCOSUR admitiendo, con fines exclusivamente académicos, los títulos y grados universitarios otorgados en los otros Estados Partes.

Problema que resuelve

Antes del Acuerdo, un profesor con título de otro país del bloque debía revalidar su diploma para dictar clases o investigar en una universidad argentina, aun cuando fuera contratado por un plazo corto. Ese trámite desalentaba los intercambios académicos regionales.

A quiénes alcanza

Docentes universitariosInvestigadoresUniversidades e instituciones de educación superiorGraduados universitarios del MERCOSURMinisterio de Educación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La institución de educación superior que admite un título extranjero bajo este Acuerdo debe limitarlo a actividades de docencia e investigación, sin extenderlo al ejercicio profesional.
  • El título debe haber sido expedido por una institución universitaria reconocida oficialmente en el Estado Parte de origen.

Derechos que reconoce

  • Los graduados universitarios de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay pueden ver admitido su título en los demás Estados Partes al solo efecto de ejercer la docencia y la investigación.
  • Las universidades pueden incorporar docentes e investigadores del bloque sin exigirles la reválida previa del diploma.

Casos de uso

  • Postular a un cargo docente en una universidad argentina con título expedido en Brasil, Paraguay o Uruguay.
  • Verificar si un título del MERCOSUR habilita el ejercicio profesional o solamente la actividad académica.
  • Fundamentar un convenio de intercambio de docentes entre universidades de la región.

Preguntas frecuentes

El Acuerdo de Admisión de Títulos y Grados Universitarios para el Ejercicio de Actividades Académicas en los Estados Partes del MERCOSUR, suscripto en Asunción el 14 de junio de 1999 por la Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. El Acuerdo consta de trece artículos.