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Ley 25.524

VigenteNacional

Derogación de la Resolución 721 del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente

Sanción:27 de noviembre de 2001Promulgación:7 de enero de 2002BO:9 de enero de 2002Ver fuente oficial
2artículos
pensionesderogaciónacto administrativocontrol del Congreso
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos, sancionada el 27 de noviembre de 2001 y promulgada de hecho el 7 de enero de 2002, por la cual el Congreso dejó sin efecto una resolución del Poder Ejecutivo: la Resolución N° 721 del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente, cuyo objeto —según el sumario oficial de InfoLeg— era la materia de pensiones. Es un ejemplo del uso de la ley formal para revertir un de rango inferior: como la resolución había sido dictada por un ministro, el Congreso la derogó mediante una norma de jerarquía superior, sin dejar margen a que el Poder Ejecutivo la restableciera por la misma vía.

Objetivo

Derogar la Resolución N° 721 del Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente, quitándole toda validez hacia el futuro.

Problema que resuelve

Una resolución ministerial en materia de pensiones había generado rechazo parlamentario. Al tratarse de un del Poder Ejecutivo, la única forma de que el Congreso lo dejara sin efecto de manera definitiva era sancionar una ley que la derogara expresamente.

A quiénes alcanza

beneficiarios y solicitantes de pensionesMinisterio de Desarrollo Socialorganismos previsionales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La administración no puede aplicar la Resolución 721 ni fundar decisiones en ella a partir de la vigencia de esta ley.

Derechos que reconoce

  • Quien tramita o percibe una pensión no puede verse afectado por la aplicación de la Resolución 721, derogada por esta ley.

Casos de uso

  • Verificar si una resolución ministerial invocada por un organismo sigue vigente.
  • Fundar un planteo administrativo en que la norma en que se apoyó una denegatoria fue derogada por ley.

Preguntas frecuentes

Deroga la Resolución N° 721 del entonces Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente. Es una ley de dos artículos: el primero contiene la derogación y el segundo es la fórmula protocolar de comunicación al Poder Ejecutivo.