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Ley 25.525

VigenteNacional

Alícuota reducida del IVA para la miel de abejas a granel

Sanción:27 de noviembre de 2001Promulgación:7 de enero de 2002BO:9 de enero de 2002Ver fuente oficial
2artículos
impuesto al valor agregadoalícuota reducidaapiculturaproducción primaria
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de un solo artículo dispositivo con efecto sectorial concreto. El artículo 28 de la Ley del IVA fija la alícuota general y, en su tercer párrafo, enumera los bienes que tributan la alícuota reducida (la mitad de la general). El inciso a) de ese párrafo agrupa productos primarios: animales vivos de las especies bovina, ovina, caprina y porcina, sus carnes y despojos, frutas, legumbres y hortalizas. La Ley del IVA reducido para la miel a granel le suma un cuarto apartado: la miel de abejas a granel. La apicultura argentina, orientada mayoritariamente a la exportación a granel, pasa así a tributar la alícuota diferencial en el mercado interno, lo que reduce el costo fiscal en la cadena y mejora la posición del productor frente al acopiador.

Objetivo

Reducir a la mitad la alícuota del IVA aplicable a la venta de miel de abejas a granel, equiparándola al tratamiento de otros productos primarios.

Problema que resuelve

La miel a granel tributaba la alícuota general del IVA mientras otros productos primarios de similar grado de elaboración gozaban de la alícuota reducida. Esa asimetría encarecía la cadena apícola y afectaba especialmente al pequeño productor, que soportaba el crédito fiscal sin poder trasladarlo.

A quiénes alcanza

productores apícolasacopiadores y exportadores de mielresponsables inscriptos en el IVAAFIP
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los responsables inscriptos deben facturar la venta de miel a granel con la alícuota reducida y no con la general
  • Distinguir en la facturación la miel a granel de la miel fraccionada, que no goza del beneficio

Derechos que reconoce

  • Los productores y comercializadores de miel a granel tienen derecho a aplicar la alícuota reducida del artículo 28 de la Ley del IVA

Casos de uso

  • Un apicultor vende tambores de miel a un exportador: la operación se factura con la alícuota reducida del IVA
  • Una cooperativa apícola compra miel a granel a sus asociados y la acopia: el crédito fiscal se computa a la alícuota diferencial
  • Una empresa envasa miel en frascos de 500 gramos para supermercados: al no ser a granel, tributa la alícuota general

Preguntas frecuentes