Resumen ejecutivo
La ley crea el "precio único del libro". El editor, importador o representante debe fijar un precio uniforme de venta al público (PVP) para cada título, y todos los comercios deben respetarlo. Solo se admiten descuentos tasados: hasta 10% en ferias del libro o en ventas a bibliotecas e instituciones culturales sin fines de lucro, y hasta 50% en compras del Estado o de la CONABIP para distribución gratuita. Quedan exentos del PVP los libros de arte o artesanales, los antiguos y de colección, los usados, los que el editor sacó de catálogo, los importados a precio de saldo y las preventas para financiar una edición. Para "saldar" (rematar más barato) un título hay que cumplir plazos (180 días desde el retiro del catálogo; 18 meses para el importador y para los minoristas). La es la Secretaría de Industria; las infracciones se sancionan con multa de $100 a $20.000 y, en caso de , clausura de hasta 10 días, y lo recaudado se destina a la promoción de la lectura por la CONABIP.Objetivo
Garantizar que un mismo libro tenga idéntico precio de venta al público en todo el país, protegiendo a las librerías —en especial las pequeñas y las de catálogo amplio— frente a la desleal de las grandes superficies, que podrían imponer descuentos imposibles de igualar, y sostener así una oferta editorial diversa y plural.Problema que resuelve
Sin un precio uniforme, las grandes cadenas y los súper e hipermercados podían vender los títulos más vendidos con descuentos agresivos que las librerías chicas no podían igualar. Eso concentraba la venta en los best sellers, empujaba al cierre a las librerías de barrio y de fondo, y empobrecía la oferta cultural.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes