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Ley 25.559

VigenteNacional

Autorización al Presidente de la Nación para ausentarse del país durante el año 2002

Sanción:6 de enero de 2002Promulgación:7 de enero de 2002BO:10 de enero de 2002Ver fuente oficial
2artículos
facultades presidencialescontrol del Congresoviajes oficialesdivisión de poderes
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos, sancionada el 6 de enero de 2002 —cuatro días después de la asunción de Eduardo Duhalde— y promulgada el 7 de enero. La Constitución Nacional exige que el Presidente cuente con permiso del Congreso para ausentarse del territorio de la Nación. En lugar de tramitar una autorización para cada viaje, el Congreso adoptó la práctica de conceder un permiso general por el año calendario, condicionado a que existan razones de gobierno. Esta ley otorga ese permiso para todo el año 2002. Su efecto se agotó con el vencimiento del período autorizado, aunque la norma nunca fue derogada.

Objetivo

Otorgar al Presidente de la Nación la autorización constitucional para ausentarse del país durante el año 2002 cuando razones de gobierno lo requieran.

Problema que resuelve

La Constitución Nacional impide al Presidente salir del territorio nacional sin permiso del Congreso. Pedir una autorización por cada viaje implicaba una tramitación parlamentaria constante y podía trabar la agenda internacional del país, especialmente crítica en el contexto de la renegociación de la deuda y de la relación con los organismos internacionales tras la crisis de 2001.

A quiénes alcanza

Presidente de la NaciónCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La ausencia del país sólo queda autorizada cuando existen razones de gobierno que la justifiquen.
  • La autorización se limita al año 2002: para los años siguientes hizo falta una nueva ley.

Derechos que reconoce

  • El Presidente de la Nación queda habilitado a ausentarse del territorio nacional durante 2002 sin requerir una autorización específica para cada viaje.

Casos de uso

  • Verificar la base legal de un viaje presidencial al exterior realizado durante 2002.
  • Estudiar la práctica argentina del permiso anual genérico frente a la autorización por viaje que prevé la Constitución.

Preguntas frecuentes

Porque la Constitución Nacional lo exige: el Presidente no puede ausentarse del territorio de la Nación sin permiso del Congreso, que es quien tiene la atribución de concederlo. Es un resabio de control parlamentario sobre el jefe de Estado.