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Ley 25.601

VigenteNacional

Homicidio agravado por la condición de miembro de una fuerza de seguridad

Sanción:23 de mayo de 2002Promulgación:10 de junio de 2002BO:20 de junio de 2002Ver fuente oficial
2artículos
homicidio agravadofuerzas de seguridadCódigo Penaldelitos contra la vida
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de dos artículos que suma una figura agravada al homicidio. El Art. 80 — Código Penal de la Nación Argentina enumera los supuestos de homicidio calificado, castigados con prisión o reclusión perpetua; esta ley agrega el inciso 8, que alcanza al que mata a un policía, a un integrante de otra fuerza de seguridad pública o a un agente penitenciario cuando el crimen se comete por su función, cargo o condición. La clave del tipo es esa conexión: no basta con que la víctima sea policía, tiene que haber sido elegida por serlo.

Objetivo

Reforzar la protección penal de quienes integran las fuerzas de seguridad y penitenciarias frente a ataques dirigidos contra ellos por su rol.

Problema que resuelve

El Código Penal de la Nación Argentina no contemplaba de manera expresa el homicidio cometido contra un miembro de una fuerza de seguridad por su condición de tal, en un contexto de fuerte aumento de los ataques a policías dentro y fuera de servicio.

A quiénes alcanza

integrantes de las fuerzas de seguridad públicapersonal policialagentes penitenciariosimputados por homicidiojueces y fiscales penales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Nadie puede matar a un miembro de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias por su función, cargo o condición, bajo pena de prisión o reclusión perpetua.

Derechos que reconoce

  • Los integrantes de las fuerzas de seguridad y del servicio penitenciario cuentan con una protección penal agravada frente a ataques dirigidos contra ellos por su rol.

Sanciones

Casos de uso

  • Un fiscal debe calificar el homicidio de un policía baleado durante un operativo.
  • Una defensa discute si corresponde el agravante cuando la víctima era policía pero el ataque no tuvo relación con su función.
  • Un familiar de un agente penitenciario asesinado quiere saber qué pena prevé la ley.

Preguntas frecuentes

El inciso 8 del artículo 80: es homicidio agravado matar a un miembro de las fuerzas de seguridad pública, policiales o penitenciarias por su función, cargo o condición.