Resumen ejecutivo
Ley de dos artículos. El Congreso ratifica un convenio administrativo de permuta: la Dirección Nacional de Vialidad transfiere en propiedad a la Provincia de La Pampa un predio de 20.925,99 metros cuadrados ubicado en Santa Rosa —Sección II, Fracción D, lote 19, Ejido 047, Circunscripción III, Radio C, Quinta 5, Parcela 1— y la Provincia entrega a cambio, también en propiedad, una nueva sede de 1.290 metros cuadrados cubiertos con las obras complementarias detalladas en el convenio, destinada al funcionamiento de la dependencia vial nacional. El convenio forma parte integrante de la ley y se enmarca en el Convenio Marco de Reconversión Vial en la Provincia de La Pampa firmado en agosto de 1993.Objetivo
Dar rango legal a la permuta de inmuebles acordada entre Vialidad Nacional y La Pampa, para que la dependencia vial nacional se traslade a una sede nueva construida por la Provincia.Problema que resuelve
La disposición de inmuebles del Estado nacional requiere autorización legislativa. Sin la ratificación por ley, el convenio de permuta no podía perfeccionarse ni inscribirse el a nombre de cada parte.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes