Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de dos artículos que incorpora al derecho argentino el acuerdo que permite sumar los aportes previsionales hechos en la Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Sus reglas centrales son la igualdad de trato —los trabajadores de un Estado Parte y sus familiares tienen los mismos derechos y obligaciones que los nacionales del país donde prestan servicios— y la totalización de períodos: cuando los aportes de un solo país no alcanzan para acceder a una prestación, se suman los períodos cumplidos en los demás Estados Partes y cada país paga la parte proporcional que le corresponde. El Acuerdo cubre las prestaciones de vejez, invalidez y muerte y las de salud, prevé el mantenimiento de la legislación de origen para el trabajador desplazado temporalmente y organiza el trámite a través de entidades gestoras y organismos de enlace, con una Comisión Multilateral Permanente para su seguimiento.Objetivo
Garantizar que el trabajador que aportó en más de un país del MERCOSUR no pierda esos aportes y pueda acceder a una jubilación o pensión sumando los períodos cumplidos en cada Estado Parte.Problema que resuelve
Antes del Acuerdo, quien trabajaba algunos años en Brasil o Uruguay y otros en la Argentina podía quedarse sin jubilación en ambos países: los aportes de cada uno, por separado, no alcanzaban el mínimo exigido y no había forma de sumarlos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes