Ley 25.656

Artículo 4Zonificación a cargo de la Administración de Parques Nacionales

Texto oficial

La Administración de , deberá elevar al Poder Ejecutivo nacional, una vez en de la superficie cedida, la determinación de los porcentajes de la misma que se afectarán a Parque Nacional y Reserva Nacional respectivamente, como así también los límites de cada una de ellas.

Qué significa en la práctica

La ley no define de antemano qué parte del territorio será Parque Nacional y qué parte Reserva Nacional (categorías con distinto grado de restricción). Encarga esa tarea a la Administración de , que debe elevar la propuesta al Poder Ejecutivo nacional una vez que tome efectiva de la superficie cedida, indicando porcentajes y límites de cada zona.

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