Resumen ejecutivo
Ley de siete artículos sancionada el 23 de octubre de 2002 y promulgada por Decreto 2334/2002 del 18 de noviembre de 2002, sin observaciones. Restituye al INADI el carácter de entidad descentralizada en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional (nuevo Art. 1 — Ley 24.515) y establece que sus recursos se integran con las partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Nación (nuevo artículo 16, inciso a). Hasta que se apruebe su primer presupuesto como organismo descentralizado, los gastos se atienden con las partidas de la 30 - Ministerio del Interior. Fija además dos plazos: 30 días para enviar al Ministerio de Economía el primer Presupuesto Anual de Gastos y Cálculo de Recursos, y 90 días para tener aprobada la estructura orgánica.Objetivo
Devolverle al INADI autonomía administrativa y presupuestaria como organismo descentralizado, con financiamiento propio en el Presupuesto General de la Nación.Problema que resuelve
El Art. 39 — Ley 24.938 había dejado al INADI sin condición de organismo descentralizado, lo que le quitaba presupuesto propio y de gestión autónoma para cumplir su misión contra la discriminación, la xenofobia y el racismo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes