Volver al listado

Ley 25.688

VigenteNacional

Ley 25.688 - Régimen de Gestión Ambiental de Aguas

Sanción:28 de noviembre de 2002BO:3 de enero de 2003Ver fuente oficial
10artículos
aguacuencas hídricasgestión ambientalrecursos hídricosderecho ambiental
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley breve de sobre el agua. Define agua y cuenca hídrica, declara a la cuenca unidad ambiental indivisible y crea comités de cuenca para las interjurisdiccionales. Define qué se considera "utilización" de las aguas, exige permiso de la autoridad competente (con aprobación vinculante del comité de cuenca cuando el impacto cruza jurisdicciones) y obliga a la autoridad nacional a fijar límites de contaminación, estándares de calidad y un Plan Nacional aprobado por ley. Es una ley polémica por su tensión con el provincial de los recursos hídricos.

Objetivo

Preservar las aguas y ordenar su uso racional tratando la cuenca como unidad de gestión.

Problema que resuelve

No había un marco nacional de que ordenara el uso y la preservación de las aguas por cuenca.

A quiénes alcanza

usuarios del aguaindustriasprovinciascomités de cuencaautoridades ambientales y de recursos hídricos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Contar con permiso de la autoridad competente para utilizar las aguas.
  • En cuencas interjurisdiccionales con impacto significativo, obtener la aprobación vinculante del comité de cuenca.
  • La autoridad nacional debe fijar límites de contaminación, estándares de calidad y el Plan Nacional de aguas.

Derechos que reconoce

  • Que la gestión del agua se haga por cuenca, como unidad ambiental indivisible.
  • Que existan comités de cuenca que asesoren y coordinen la gestión interjurisdiccional.

Casos de uso

  • Evaluar si un uso del agua (toma, vertido, desvío) requiere permiso.
  • Encuadrar la gestión de una cuenca compartida entre provincias.

Preguntas frecuentes

Los para preservar las aguas y usarlas de forma racional, tratando la cuenca hídrica como unidad de gestión indivisible.