Resumen ejecutivo
Ley de cuatro artículos, pionera en la regulación argentina de Internet, que obliga a todos los proveedores de acceso a ofrecer a sus clientes un software de filtrado de contenidos. No impone el filtro ni habilita al Estado a bloquear sitios: la decisión de usarlo es de quien contrata el servicio, y el rol estatal se limita a verificar que la oferta exista. Sancionada el 28 de noviembre de 2002 y promulgada de hecho el 2 de enero de 2003.Objetivo
Que todo hogar que contrata Internet tenga a disposición, desde el inicio, una herramienta de control de contenidos, especialmente pensada para el acceso de menores.Problema que resuelve
A comienzos de los 2000 el acceso hogareño a Internet crecía sin que las familias tuvieran a mano herramientas de control parental: había que buscarlas, comprarlas e instalarlas por cuenta propia. La ley traslada esa carga al proveedor, que debe ofrecerlas al momento de la contratación.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes