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Ley 25.693

VigenteNacional

Transferencia del Barrio Colombo de Ushuaia a la Provincia de Tierra del Fuego

Sanción:28 de noviembre de 2002Promulgación:7 de enero de 2003BO:8 de enero de 2003Ver fuente oficial
4artículos
transferencia de inmueblesdominio del Estado nacionalprovinciasTierra del Fuegourbanismo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley breve de disposición de bienes del Estado nacional. El Congreso, en ejercicio de la atribución del artículo 75 inciso 5 de la Constitución Nacional, cede sin costo a Tierra del Fuego un predio urbano de Ushuaia identificado por su nomenclatura catastral y matrícula, con un cargo de destino social y comunitario. Los gastos que genere la transferencia corren por cuenta de la provincia.

Objetivo

Pasar al provincial un inmueble nacional de la ciudad de Ushuaia para que la provincia lo afecte a fines sociales y comunitarios.

Problema que resuelve

El predio conocido como Barrio Colombo seguía en cabeza del Estado nacional pese a estar inserto en la trama urbana de Ushuaia, lo que impedía a la provincia planificar su uso y regularizar la situación de quienes lo ocupaban.

A quiénes alcanza

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico SurEstado nacionalvecinos del Barrio Colombo de Ushuaia
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Provincia de Tierra del Fuego debe destinar el predio a los fines sociales y comunitarios que su gobierno disponga.
  • La Provincia de Tierra del Fuego debe hacerse cargo de todos los gastos que genere la transferencia.

Derechos que reconoce

  • La Provincia de Tierra del Fuego adquiere el del inmueble sin pagar precio al Estado nacional.

Casos de uso

  • Un ocupante del Barrio Colombo quiere saber ante qué Estado tramitar la regularización dominial de su vivienda.
  • Un escribano necesita identificar al titular registral del predio para una escritura.
  • Un concejal de Ushuaia consulta si la provincia puede afectar el predio a un plan de vivienda.

Preguntas frecuentes

El predio conocido como Barrio Colombo, con frente a la calle 12 de Octubre entre Primer Argentino y el Arroyo Buena Esperanza, en Ushuaia: Circunscripción Ush., Sección B, Manzana 6, Parcela 1-a, Matrícula II-A-1201.