Resumen ejecutivo
Después de la disolución de Checoslovaquia, la Argentina necesitaba renovar con la nueva República Eslovaca el marco de sus relaciones comerciales, todavía regido por dos acuerdos firmados con el régimen socialista en 1973 y 1978. Este Acuerdo los sustituye por uno adaptado a la Organización Mundial del Comercio: ambos países se reafirman el trato de nación más favorecida según el GATT de 1994, se comprometen a no discriminar en el otorgamiento de licencias de importación, aceptan que el comercio de servicios se rija por el GATS y acuerdan que los pagos se hagan en moneda de libre conversión. Crea además una Comisión Mixta presidida a nivel ministerial que se reúne alternadamente en cada país, y libera de aranceles las muestras sin valor comercial, el material publicitario, los bienes para ferias y exposiciones y los equipos destinados a ensayos e investigación científica. El texto preserva expresamente el derecho de cada país a restringir el comercio por razones de moral, seguridad, salud, ambiente o protección del patrimonio artístico e histórico, siempre que no sea una discriminación arbitraria.Objetivo
Actualizar y ampliar el marco jurídico de las relaciones económicas y comerciales entre la Argentina y Eslovaquia, sustituyendo los acuerdos heredados de Checoslovaquia por uno compatible con las reglas de la Organización Mundial del Comercio.Problema que resuelve
Las relaciones comerciales entre la Argentina y Eslovaquia seguían formalmente regidas por acuerdos firmados con la República Socialista de Checoslovaquia en 1973 y 1978, redactados para una economía de comercio administrado y para un Estado que ya no existía. Faltaba un instrumento que reconociera el nuevo marco multilateral de la OMC y que ordenara la cooperación entre empresas de ambos países.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes