Volver al listado

Ley 25.697

VigenteNacional

Acuerdo de cooperación económica y comercial con el Reino de Tailandia

Sanción:28 de noviembre de 2002Promulgación:7 de enero de 2003BO:9 de enero de 2003Ver fuente oficial
2artículos
comercio exteriorcooperación económica bilateraltrato de nación más favorecidatransferencia de tecnologíacomisiones mixtas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Argentina y Tailandia tenían un Acuerdo de Comercio de 1961, anterior a la creación de la Organización Mundial del Comercio y a la apertura comercial de ambas economías. Este Acuerdo, firmado en Bangkok en 1997 y aprobado por el Congreso recién en noviembre de 2002, moderniza ese vínculo. Su artículo 4 otorga recíprocamente el trato de nación más favorecida en aranceles y en las formalidades del movimiento de mercaderías, con las excepciones habituales para uniones aduaneras, zonas de libre comercio y comercio fronterizo, y con una excepción específica de la Argentina: las ventajas concedidas a Italia y España por los acuerdos bilaterales de 1987 y 1988. El artículo 3 lista las áreas de cooperación, que incluyen la construcción, ampliación y modernización de plantas industriales, la creación de empresas conjuntas y el otorgamiento de patentes y licencias. Para coordinar todo eso se crea una Comisión Conjunta que se reúne alternadamente en cada país. El artículo 8 resuelve el conflicto de normas: ante cualquier divergencia con el Acuerdo de Comercio de 1961, prevalece este.

Objetivo

Fortalecer y promover la cooperación económica y comercial entre la Argentina y el Reino de Tailandia sobre la base de la igualdad y el beneficio , actualizando el marco bilateral heredado del Acuerdo de Comercio de 1961.

Problema que resuelve

El vínculo comercial con Tailandia seguía regido por un acuerdo de 1961 que no contemplaba las reglas multilaterales de la Organización Mundial del Comercio ni las áreas de cooperación —tecnología, empresas conjuntas, servicios financieros— que se volvieron centrales en el comercio contemporáneo.

A quiénes alcanza

empresas exportadoras e importadoras argentinasempresas con proyectos industriales conjuntoscámaras binacionales de comercioCancillería y autoridades de comercio exteriorautoridades aduaneras
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Ambos Estados deben tomar las medidas adecuadas, dentro de sus leyes y reglamentaciones, para desarrollar las relaciones comerciales y promover la cooperación económica.
  • Cada Estado debe otorgar al otro el trato de nación más favorecida en aranceles aduaneros y demás cargas sobre importaciones y exportaciones, y en las normas y formalidades relativas al transporte de mercaderías.
  • Cada Estado debe otorgar los permisos de importación o exportación necesarios para las mercaderías provenientes directamente del territorio del otro, dentro del marco de su legislación.
  • Las controversias sobre interpretación y aplicación del Acuerdo deben resolverse mediante negociaciones directas entre las Partes.
  • Toda enmienda mutuamente acordada debe efectuarse mediante notas reversales.

Derechos que reconoce

  • Las mercaderías originarias de cada país reciben el trato de nación más favorecida en aranceles y formalidades, con las excepciones previstas.
  • Las empresas de ambos países pueden establecer empresas conjuntas para producir y vender productos de interés bajo el del Acuerdo.
  • La cooperación habilitada incluye el intercambio de bienes y servicios, las operaciones bancarias y financieras, el transporte, las comunicaciones, la producción industrial y agrícola, el intercambio de información económica y comercial y el otorgamiento de patentes y licencias.
  • Los sectores público y privado pueden ser convocados por la Comisión Conjunta como expertos, asesores o empresarios en sus grupos de trabajo.

Casos de uso

  • Un exportador argentino de alimentos que analiza el tratamiento arancelario de su producto en Tailandia.
  • Una empresa que evalúa una asociación con una contraparte tailandesa para montar o modernizar una planta industrial.
  • Un abogado que necesita determinar qué acuerdo bilateral prevalece ante una divergencia entre el texto de 1997 y el Acuerdo de Comercio de 1961.
  • Un funcionario que prepara una reunión de la Comisión Conjunta Argentino-Tailandesa.

Preguntas frecuentes

Aprueba el Acuerdo de Cooperación Económica y Comercial entre el Gobierno del Reino de Tailandia y el Gobierno de la República Argentina, firmado en Bangkok el 19 de febrero de 1997, que tiene diez artículos y se incorpora a la ley mediante fotocopias autenticadas en español e inglés. La ley propiamente dicha tiene dos artículos.