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Ley 25.706

VigenteNacional

Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre la Argentina y Colombia

Sanción:28 de noviembre de 2002Promulgación:7 de enero de 2003BO:9 de enero de 2003Ver fuente oficial
2artículos
cooperación culturalcooperación educativareconocimiento de títulosbecasrelaciones bilateralesColombia
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley aprobatoria de dos artículos. El Convenio, de diecinueve artículos, ordena la cooperación cultural y educativa con Colombia por temas: intercambio de información, envío recíproco de publicaciones a las bibliotecas nacionales y creación de secciones dedicadas a autores del otro país, vínculos directos entre instituciones educativas, reconocimiento de certificados y títulos según los acuerdos específicos vigentes, becas regulares de investigación y de posgrado, cursos y cátedras sobre literatura, historia y cultura del otro país, educación tecnológica y formación técnico-profesional, intercambio de docentes y estudiantes avanzados, cooperación entre expertos y un banco de datos común.

Objetivo

Establecer un marco bilateral permanente para el intercambio cultural y educativo con Colombia, extendido a todas las regiones de ambos países y no solo a las capitales.

Problema que resuelve

El intercambio cultural y educativo con Colombia carecía de un instrumento actualizado que ordenara becas, reconocimiento de títulos, intercambio de publicaciones y vínculos institucionales.

A quiénes alcanza

Universidades e instituciones de educación superiorEscuelas de formación técnica y profesionalBibliotecas nacionales y editorialesDocentes, estudiantes e investigadoresMinisterio de Relaciones ExterioresMinisterio de Educación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Cada Estado debe extender la cooperación cultural y educativa a todas las regiones de su territorio, no solo a la capital
  • Ambos Estados deben establecer un procedimiento de intercambio de información sobre las materias del Convenio
  • Cada Estado debe recomendar a instituciones, sociedades de escritores y cámaras del libro que envíen sus publicaciones a las bibliotecas nacionales del otro país
  • Las Partes deben conceder regularmente becas de investigación y, en reciprocidad, becas anuales de posgrado

Derechos que reconoce

  • Estudiantes, profesionales y especialistas pueden postular a las becas anuales de posgrado que cada país ofrece en reciprocidad
  • Las instituciones educativas pueden vincularse directamente con sus pares del otro país y firmar programas propios de intercambio
  • Los titulares de certificados y títulos se benefician del compromiso de mantener actualizados los acuerdos de reconocimiento y equivalencia

Casos de uso

  • Una universidad de Córdoba firma un programa de intercambio de estudiantes avanzados con una universidad de Bogotá
  • La Biblioteca Nacional abre una sección de autores colombianos con publicaciones enviadas por editoriales de ese país
  • Un docente argentino dicta un curso de posgrado sobre literatura colombiana con apoyo del Convenio
  • Un instituto de formación profesional coopera con su par colombiano en educación tecnológica

Preguntas frecuentes

Aprueba el Convenio de Cooperación Cultural y Educativa firmado con Colombia en Buenos Aires el 12 de octubre de 2000. La ley tiene dos artículos: aprueba el Convenio y lo comunica al Poder Ejecutivo.