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Ley 25.723

VigenteNacional

Contribuciones patronales: reducción de 1,5 puntos en el cómputo como crédito fiscal del IVA (Decreto 814/2001)

Sanción:27 de diciembre de 2002Promulgación:16 de enero de 2003BO:17 de enero de 2003Ver fuente oficial
4artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de cuatro artículos que recorta un beneficio fiscal de la etapa previa a la crisis. El Decreto 814/2001 permitía a los empleadores computar como crédito fiscal del IVA un porcentaje de las contribuciones patronales pagadas, más alto cuanto más alejada estuviera la zona. Esta ley baja esos porcentajes en 1,5 puntos, salvo donde superaban el 7%, y aclara que si el porcentaje previo era menor a la reducción, el cómputo se pierde. Sancionada el 27 de diciembre de 2002 y promulgada de hecho el 16 de enero de 2003.

Objetivo

Recuperar recaudación reduciendo el cómputo de contribuciones patronales como crédito fiscal del IVA, preservando el beneficio en las zonas más alejadas.

Problema que resuelve

El régimen del Decreto 814/2001 había sido diseñado en un contexto de convertibilidad y déficit crónico, y su costo fiscal era alto. Tras la devaluación, el Estado necesitaba recursos y decidió recortar el beneficio sin eliminarlo, protegiendo a las regiones que dependían más de él.

A quiénes alcanza

empleadorescontadores y liquidadores de sueldosAFIPempresas de zonas alejadas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los empleadores deben computar los porcentajes del Anexo I del Decreto 814/2001 reducidos en 1,5 puntos porcentuales
  • Cuando el porcentaje aplicable en la zona era inferior a la reducción, el contribuyente pierde el derecho al cómputo del artículo 4º del Decreto 814/2001
  • La reducción se aplica a las contribuciones patronales sobre la nómina abonadas a partir del mes siguiente al de la publicación

Derechos que reconoce

  • Los empleadores radicados en zonas cuyos porcentajes superaban el 7% conservan el porcentaje íntegro, sin la reducción

Casos de uso

  • Una empresa liquida sus cargas sociales y recalcula el crédito fiscal del IVA con el porcentaje reducido
  • Un establecimiento del norte argentino verifica si su zona queda exceptuada por superar el 7%
  • Un estudio contable determina desde qué mes se aplica el nuevo cómputo

Preguntas frecuentes

Es el régimen que permite a los empleadores tomar como crédito fiscal del IVA un porcentaje de las contribuciones patronales efectivamente pagadas. El porcentaje varía por zona geográfica según el Anexo I de ese decreto.